SERVICIOS DEL CENTRO ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA

El Centro Estatal de Justicia Alternativa, pone a disposición del público en general, el servicio de mediación y conciliación, el cual ofrece lo siguiente:

  1. Apertura de expediente
  2. Entrega de invitaciones
  3. Procedimiento de mediación y conciliación
  4. Atención psicológica

El servicio es público y gratuito.

Requisitos para solicitar el servicio de mediación y conciliación:

  • Solicitar de manera verbal o escrita, el proceso de mediación y conciliación
  • Presentar una copia de identificación personal con fotografía, de preferencia la credencial de elector. Solo debe presentarse la persona interesada.
  • Para personas morales, lo podrán hacer por conducto de sus representantes que cuenten con poder bastante. En caso de menores e incapaces, deberán comparecer en su nombre quienes ejerzan la patria potestad o la tutela y en el caso de personas físicas deberán comparecer personalmente.
  • Proporcionar el nombre completo de la persona con la que tenga la controversia, domicilio correcto y actualizado, números telefónicos a fin de que esta sea invitada.
  • En caso de alguna razón válida por lo que no pudiera presentarse alguno de los interesados, acudirá una persona en su representación, con el documento que acredite dicha representación legal.

Previo a la sesión de mediación:
El Secretario Operativoes la persona que entrevista al solicitante y analiza la situación planteada para determinar si el asunto es susceptible de mediación.

  1. SI EL ASUNTO ES MEDIABLE, abre expediente y elabora la SOLICITUD DE TRÁMITE.
  2. SI EL ASUNTO NO ES MEDIABLE, informará y explicará al solicitante el motivo, canalizando a la instancia correspondiente.

El Trabajador de Enlace:

  1. Recibe la información de parte del Secretario Operativo;
  1. Acude a los domicilios de los invitados y realiza una plática cordial entre ellos, para sensibilizarlos y lograr que acudan al CEJAH;
  2. Informa al invitado o invitados sobre la ventaja del proceso de mediación y/o conciliación.

Sesión de Mediación:

  • Si las partes manifiestan su deseo de participar en mediación se lleva a cabo la sesión;
  • El Facilitador, inicia la sesión de mediación, dando a conocer los principios, alcances y ventajas del proceso de mediación.
  • El Facilitador propicia el diálogo entre las partes a fin de lograr una mejor comunicación entre ellas.
  • Se llevan las sesiones de mediación que sean necesarias
  • Si las partes llegan a un acuerdo satisfactorio para ambos, se elabora el convenio respectivo.
  • Si después de firmado el convenio alguna de las partes incumpliere en una o más cláusulas, podrán regresar al Centro de Justicia Alternativa para dar seguimiento a su expediente o bien, lo pueden ejecutar por la vía de apremio ante la instancia judicial correspondiente.
  • Si las partes no logran llegar a un acuerdo, el facilitador concluye el procedimiento del Mediación- Conciliación; dicho procedimiento culminará también por algunos de los supuestos que establece el artículo 33  de la Ley de Mecanismos Alternativos y Solución de Controversias.

INFORMACIÓN PARA LOS INTERESADOS:

  • La invitación que el trabajador de Enlace entregó en su domicilio no es una demanda, no es una notificación judicial y no representa un juicio.
  • Usted podrá acudir al Centro Estatal de Justicia Alternativa de manera voluntaria.
  • En sesiones de mediación solo participan las personas interesadas.
  • La participación de abogados en las sesiones de mediación debe ser aprobada por los interesados, en virtud de ser un derecho establecido en el art. 18 fracción II de la Ley de Mecanismos Alternativos y Solución de Controversias.
  • Nuestros procedimientos se rigen por lo establecido en la Ley de Mecanismos Alternativos y Solución de Controversias para el Estado de Hidalgo, publicada el día 2 de septiembre de 2013.

SERVICIO INTRAJUDICIAL

  • Podrá ser derivado por el Juez o a solicitud de las partes, siempre y cuando tengan un proceso jurisdiccional.